miércoles, 8 de mayo de 2013

El Consejo de Estado considera “plausible” prohibir los anuncios de prostitución

Propone modificar el artículo 8 de la Ley General de Publicidad para que se incluya un apartado que prevea dicha prohibición, aunque estima que no es la fórmula «más adecuada»

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El Consejo de Estado considera «plausible» prohibir o, al menos, limitar «severamente» los anuncios de prostitución en la prensa escrita como es intención del Gobierno, según el informe elaborado por la Comisión de Estudios de este órgano consultivo.

En su informe, hecho público por el Consejo en su web, subraya que en el caso de la publicidad de la prostitución en España la autorregulación ha sido «baldía» y «manifiestamente insuficiente», por lo que opina que «hay fundamentos» para establecer «medidas limitativas», entre ellas la de la prohibición.

El Consejo estima que la eliminación de los anuncios de contactos en la prensa escrita «persigue un fin legítimo» y, además, señala la conveniencia de ponderar la posibilidad de extender la prohibición a otros medios.

En concreto y aunque este órgano consultivo reconoce que va más allá del «encargo recibido» por el Ejecutivo, es decir, elaborar un informe sobre la posibilidad de prohibir los anuncios de prostitución en los periódicos, hace referencia a la televisión e internet.

Sobre la televisión, cree que debe considerarse el establecimiento de una prohibición expresa no sólo en el horario de protección infantil, sino también «en otros horarios más amplios», y en cuanto a internet opina que hay que analizar «la pertinencia de establecer algún tipo de limitación».

En su opinión, es el Gobierno quién deberá determinar el alcance de la prohibición que puede comprender o a toda la prensa escrita o sólo a una parte de ella, que sería la de información general.

El texto reconoce que la existencia de la prostitución es «innegable» y que su relevancia económica se trasluce también en los medios de comunicación, que, a juicio del Consejo, «se benefician del negocio» de la publicidad de la misma.

Este órgano indica que por la simple finalidad del anuncio, las mujeres son objetos de una «desvalorización completa» que choca con su dignidad como persona y es «incompatible» con los bienes y valores jurídicos reconocidos en la Constitución y en las leyes.

El informe, asimismo, indica que la prohibición «requeriría la aprobación de una disposición con rango de ley».

Sugiere incluir en el anteproyecto de esa ley que en la noción funcional de publicidad de la prostitución se prevea los anuncios referidos a teléfonos eróticos o videoclubes pornográficos en los que hay «contactos carnales directos».

«No dejaría de ser chocante que se prohibieran los anuncios de contactos en los periódicos pero pervivieran los de los citados teléfonos y videoclubes», afirma el Consejo.

No obstante, el Consejo propone modificar el artículo 8 de la Ley General de Publicidad para que se incluya un apartado que prevea dicha prohibición, aunque estima que no es la fórmula «más adecuada».

El Consejo apunta que la regulación vigente es «insuficiente» para prohibir los anuncios de prostitución en la prensa escrita, por varios motivos y es que no existe una habilitación legal que permita prohibir con carácter general su publicidad y porque tampoco se puede conseguir su desaparición a través de los instrumentos de defensa previstos en la ley.

Así las cosas, reconoce que la prohibición de la publicidad de la prostitución persigue «un fin legítimo» y la iniciativa planteada por el Gobierno no infringe ningún derecho constitucional, al tiempo que asegura que el ordenamiento de origen interno, como la ley integral contra la violencia de género, también la avalaría.

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